INQUILINOS: Ventajas

Todo son VENTAJAS al incorporarse al programa de ZARAGOZA ALQUILA

El programa del Gobierno de Aragón que gestiona el Ayuntamiento de Zaragoza a través de la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda, S.L.U., permite a los INQUILINOS recibir ayudas para alquilar su vivienda y además:

Elección de vivienda personalizada Subvención en el pago del alquiler Viviendas de Calidad Información y asesoramiento

Elección de vivienda personalizada

Todos los interesados en alquilar una vivienda del programa Zaragoza-Alquila, podrán obtener información y asesoramiento sobre cualquier asunto relacionado con el mismo. Todas las viviendas incorporadas al programa Zaragoza Alquila han obtenido la Declaración de Aptitud por parte de técnicos de Zaragoza Alquila. Usted podrá elegir una vivienda entre las disponibles en el programa siempre que éstas se ajusten a las características de su unidad de convivencia. Se considerará que la vivienda se ajusta a las características de la unidad de convivencia cuando:

  • El número de habitaciones de la vivienda se ajuste al número de personas que la van a habitar.
  • La renta anual a pagar no supere el 40% de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia.

Subvenciones para el pago del alquiler(*)

El inquilino podrá percibir una subvención del 40% de la renta anual a satisfacer, sin que ésta cantidad pueda superar el máximo absoluto de 3.200€, si los ingresos de la unidad de convivencia no exceden de 1,5 veces el IPREM, o del 20% de la renta anual del alquiler, con un máximo absoluto de 1.600€ si los ingresos están comprendidos entre 1,5 y 2,5 veces el IPREM. Los ingresos familiares anuales se refieren a todos los ocupantes de la vivienda con independencia de que exista o no relación de parentesco.

Esta subvención se hará efectiva a Zaragoza Vivienda, quien descontará la cantidad que proceda del recibo mensual de renta a pagar por el inquilino. La duración máxima de la subvención a inquilinos será de veinticuatro meses, ampliable a un periodo máximo de 5 años, quedando condicionada, en todo caso, a que se mantengan las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento inicial del derecho a la subvención.

No podrá obtenerse nuevamente esta subvención hasta transcurridos al menos cinco años desde la fecha de su reconocimiento (Art.35.3 Decreto 60/2009).

* Por Orden 25 de junio de 2010 del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se acuerda la suspensión temporal de admisión de solicitudes y concesión de ayudas financieras a inquilinos, previstas en el Decreto 60/2009 de 14 de abril, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012.

Información y asesoramiento

Todos los interesados en alquilar una vivienda del programa Zaragoza Alquila, van a poder obtener información y asesoramiento sobre cualquier asunto relacionado con el mismo.